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Noticia

Una decisión gravísima
Editorial I, La Nación

  Fecha: 15/08/2003

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Instituciones de la República

La decisión de la Cámara de Diputados por la cual se dispone la anulación de las leyes de punto final y obediencia debida, sancionadas hace más de dieciséis años, marca un lamentable retroceso en el orden de los valores institucionales y exhibe a la Argentina ante el mundo como un país que no respeta los mínimos recaudos del Estado de Derecho.

La anulación de una ley por el mismo órgano que la dictó consagra un absurdo en materia constitucional y asesta un golpe feroz a la seguridad jurídica. En el caso de que la arbitraria iniciativa de la Cámara baja encontrase apoyo en el Senado, ya nadie estaría seguro de nada en la Argentina: desaparecería toda certeza legal y ningún derecho adquirido en virtud de leyes sancionadas en el pasado estaría protegido.

El Poder Legislativo puede modificar o derogar las leyes que están vigentes en el país, pero de ninguna manera puede ordenar que una norma legal que fue dictada hace más de tres lustros con todos los recaudos que establece la Constitución y que produjo en el tiempo determinados efectos sea anulada, es decir, sea borrada de la memoria colectiva como si nunca hubiera sido sancionada.

En la práctica, la pretensión de que se borren los efectos de dos leyes de amnistía -como fueron, más allá de su rebuscada denominación, las de punto final y obediencia debida- no tiene la más mínima posibilidad de prosperar, pues está en absoluta contradicción con principios consagrados por convenciones internacionales a las que el país ha adherido y que tienen rango constitucional, como el que determina la irretroactividad de las leyes penales cuando su aplicación resultase desfavorable para el eventual reo o imputado. Ese principio está consagrado en el Pacto de San José de Costa Rica y forma parte del sistema de garantías que protege a las personas procesadas o acusadas de haber cometidos delitos. Los diputados han olvidado que en materia penal rige el principio de la "ley más benigna", por el cual una ley posterior no puede agravar la situación del autor de un delito.

Por lo demás, hemos dicho ya en editoriales anteriores que los poderes políticos del Estado no deben adoptar decisiones que reabran los enfrentamientos del pasado. Los trágicos hechos de violencia que el país padeció en las décadas del 60 y el 70 son parte de un oscuro período que es necesario cerrar definitivamente, lo que no significa dejar de recordarlos: al contrario, es imprescindible mantenerlos vivos en la memoria colectiva para evitar su repetición. Es indispensable que los argentinos, sin negar los capítulos aciagos y dolorosos de nuestra historia reciente, procuremos avanzar por los caminos de la reconciliación y la plena recomposición de la paz social. No se debe permitir que se reabran las heridas del pasado ni que resuciten los odios que ensangrentaron en otro tiempo la vida argentina.

Es de esperar que el Senado rechace frontalmente la propuesta de anular las leyes de punto final y obediencia debida. La Cámara alta debe darle al país, cuanto antes, esa prueba de madurez y responsabilidad legislativa.


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